- Donativos de hasta 250 €, desgravación de un 80 %.
- Donativos de 250 € en adelante, desgravación de un 80 % de los primeros 250 € y un 40 % del resto.
- Si el donativo es recurrente (dos años consecutivos donando la misma cantidad o mayor) desgravación de un 45 %.
Personas jurídicas:
- Donativos en general, desgravación de un 40 %.
- Si el donativo es recurrente (dos años consecutivos donando la misma cantidad o mayor), desgravación de un 50 %.

